Ley No. 1282 fortalece las facultades de la CONAMI y amplía su ámbito de supervisión

Ley No. 1282 fortalece las facultades de la CONAMI y amplía su ámbito de supervisión

En La Gaceta Diario Oficial del 19 de junio de 2026 se publicó la Ley No. 1282, mediante la cual se reformó la Ley No. 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de Nicaragua. Entre las reformas más relevantes se encuentra el fortalecimiento del rol institucional de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), ampliando tanto sus facultades regulatorias como las entidades sujetas a su supervisión.

 

Fortalecimiento del rol institucional

La reforma incorpora expresamente a la CONAMI como miembro del Consejo Nacional ALA/CFT/CFP, fortaleciendo su participación dentro del sistema nacional de prevención del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. Asimismo, la Comisión queda expresamente facultada para emitir normativa orientada a la identificación, evaluación, monitoreo y mitigación de estos riesgos respecto de las entidades bajo su supervisión, reforzando su capacidad regulatoria en materia de cumplimiento.

 

Nuevas facultades de regulación prudencial

Uno de los cambios de mayor impacto consiste en la incorporación de facultades para que la CONAMI ejerza regulación prudencial sobre los sujetos obligados bajo su supervisión.

En la práctica, esto implica que la supervisión deja de limitarse al cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de PLA/FT/FP y pasa a comprender un enfoque integral de gestión de riesgos. Con la reforma, CONAMI podrá adoptar un enfoque integral de supervisión basado en riesgos, desarrollando regulación sobre materias como riesgo de crédito, liquidez, mercado, operación, aspectos legales, reputacionales y otros riesgos inherentes a la actividad financiera.

Este modelo es similar al que actualmente aplica a las Instituciones de Microfinanzas (IMF), las cuales están sujetas a procesos de supervisión tanto in situ como extra situ.

 

Incorporación de las cooperativas de ahorro y créditos

La Ley No. 1282 incorpora como nuevos sujetos bajo supervisión a las cooperativas de ahorro y crédito que desarrollen actividades habituales de intermediación financiera y cuyo patrimonio sea inferior a C100 millones (US $2,718,391.00).

Esta incorporación se suma a la expansión progresiva del ámbito de supervisión de la CONAMI iniciada con la Ley No. 1215, mediante la cual fueron incorporados los Proveedores de Servicios de Empeño (PSE) y los Proveedores de Servicios de Préstamos (PSP) como sujetos obligados.

Con ello, la CONAMI amplía significativamente el alcance de su supervisión, consolidándose como una autoridad con competencias cada vez más amplias sobre distintos actores del sistema financiero no bancario.

 

Principales implicaciones para las entidades supervisadas

 

Las entidades alcanzadas por estas reformas deben evaluar si sus estructuras internas responden al nuevo enfoque de supervisión prudencial. Entre los aspectos que pueden revisar están:

  • La estructura de gobierno corporativo y las responsabilidades de la alta administración.
  • Los sistemas de administración integral de riesgos.
  • Los programas de cumplimiento y prevención de PLA/FT/FP.
  • Las políticas de control interno y auditoría.
  • La capacidad de atender futuros requerimientos regulatorios e inspecciones de la CONAMI.

El fortalecimiento de las facultades de la Comisión hace previsible la emisión de nuevas disposiciones regulatorias en el corto y mediano plazo, por lo que una revisión preventiva permitirá reducir riesgos de incumplimiento y facilitar la adaptación.

Autor

Jorge Díaz González

Jorge Díaz González

Abogado Staff

Nicaragua