Nuevos criterios de supervisión del CRS: ¿qué deben revisar las entidades obligadas en Costa Rica?

Nuevos criterios de supervisión del CRS: ¿qué deben revisar las entidades obligadas en Costa Rica?

La Dirección General de Tributación de Costa Rica emitió una resolución que establece los criterios objetivos de selección y de riesgo que utilizará para supervisar el cumplimiento del Common Reporting Standard (CRS), el sistema global creado por la OECD para el intercambio automático de información financiera entre países con el fin de evitar la evasión fiscal.

La resolución no crea nuevas obligaciones de reporte.

Lo que hace es definir los parámetros que utilizará la administración tributaria para seleccionar a las entidades que serán objeto de supervisión, verificación y monitoreo del cumplimiento del CRS.

En otras palabras, ahora existe mayor claridad sobre los factores que pueden aumentar la probabilidad de una revisión.

 

¿Qué entidades podrían ser seleccionadas para supervisión?

La administración tributaria podrá priorizar, entre otras, a entidades que:

  • Reporten un alto volumen de cuentas o jurisdicciones.
  • No presenten el reporte CRS o el Nil Report.
  • Presenten inconsistencias detectadas por otras jurisdicciones.
  • Registren un incremento de cuentas no documentadas.
  • Reduzcan significativamente el número de cuentas reportadas respecto del período anterior.
  • Presenten errores recurrentes en información como el TIN o la fecha de nacimiento.
  • Hayan incumplido obligaciones de reporte o hayan sido sancionadas previamente.

 

¿Qué factores aumentan el riesgo de supervisión?

La administración tributaria evaluará aspectos como:

  • Presentación extemporánea del reporte.
  • Información incorrecta o incompleta.
  • Deficiencias en los procesos de debida diligencia.
  • Incumplimientos en la obtención de autocertificaciones.
  • Falta de conservación de la documentación de respaldo.
  • Incremento de cuentas no documentadas.
  • Información de terceros que sugiera posibles incumplimientos.
  • Sanciones relacionadas con obligaciones de prevención de lavado de dinero.

Autor

Eduardo Rodríguez Bolaños

Eduardo Rodríguez Bolaños

Asociado Senior

Costa Rica