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Alcances de las recientes reformas a las estructuras y funciones de las Juntas Directivas de ENATREL y ENEL en Nicaragua

Ley No. 1030:

Ley de Reforma a la Ley No. 583, “Ley Creadora de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica, ENATREL” y sus reformas y a la Ley No. 746, “Ley de Reforma al Decreto Ejecutivo No. 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), a la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica y a la Ley No. 554, Ley de Estabilidad Energética”
Aprobada el 02 de junio de 2020.
Publicada en La Gaceta, Diario oficial No. 105 de 10 de junio de 2020

Se reforma el artículo 6 de la Ley No. 583, en donde ahora y en adelante se leerá así:

Art. 6. Órganos de Dirección

Son Órganos de Dirección y Administración de ENATREL:

  1. La Junta Directiva;
  2. El Presidente Ejecutivo.

La Junta Directiva de ENATREL, estará integrada por:

  1. Un representante del Ministerio de Energía y Minas, quien ocupará el cargo de Presidente (a) de la Junta Directiva;
  2. Un representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien ocupará el cargo de Vicepresidente (a);
  3. Un representante de ENATREL, quien ocupará el cargo de Secretario (a) de la Junta Directiva;
  4. Un (a) representante del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos, quien ocupará el cargo de Vocal;
  5. Un representante de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados, quien ocupará el cargo de Fiscal.

Se reforma el artículo 5 de la Ley No. 746, en donde ahora y en adelante se leerá así:

Art. 5. Integración y composición de la Junta Directiva

La Junta Directiva estará integrada por cinco miembros:

  1. Un representante del Ministerio de Energía y Minas, quien ocupará el cargo de presidente.
  2. Un representante del Ministerio Hacienda y Crédito Público, quien ocupará el cargo de vicepresidente.
  3. Un representante de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, quien ocupará el cargo de Secretario.
  4. Un representante del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, miembro.
  5. Un miembro designado por el Presidente de la República a propuesta del sector de la industria eléctrica.

En ningún caso los miembros de la Junta Directiva podrán devengar o recibir pago de dietas.

Federico Gurdián Sacasa
Socio Director
García & Bodán
Nicaragua

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