
La Autoridad Migratoria Nacional de Guatemala publicó en el Diario de Centroamérica tres nuevos reglamentos que entrarán en vigor el próximo 8 de octubre de 2025.
Estas disposiciones introducen cambios sustanciales que impactan tanto a extranjeros residentes como a las empresas que los contratan, creando nuevas modalidades de contratación, requisitos de residencia y obligaciones para las compañías que actúen como garantes.
Acuerdo IGM 016-2025 – Reglamento de Residencias Guatemaltecas
Este reglamento establece nuevas categorías de trabajador migrante:
- Con empleador guatemalteco (modalidad tradicional).
- Con empleador extranjero que no esté en Guatemala (nueva opción).
- Por cuenta propia (nueva opción para trabajadores independientes).
Asimismo, los dependientes económicos de trabajadores migrantes ahora podrán presentar su residencia de forma simultánea con la del titular, lo que agiliza los trámites familiares.
Acuerdo IGM 017-2025 – Reglamento de Registro del Estatus Ordinario Migratorio
Se simplifican los requisitos para los garantes personas jurídicas, ya que ya no será necesario presentar solvencia fiscal, estados financieros ni carta de pertenencia gremial. En su lugar, bastará con presentar:
- Una declaración de impuestos ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
- La certificación del acta del órgano supremo de la entidad que autoriza a la empresa a fungir como garante.
Además, las verificaciones de campo pasan a ser obligatorias en todos los casos y el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) queda facultado para solicitar documentación o información adicional al evaluar expedientes de garantes, sin establecer un listado cerrado de requisitos, lo que queda a discreción de la autoridad.
Acuerdo IGM 015-2025 – Reglamento de Visas Guatemaltecas
En materia de visas se introducen ajustes relevantes:
- Para visas categoría “B” (vía consular):
- Los estados de cuenta podrán presentarse en español o inglés.
- En caso de usar tarjeta de crédito internacional, deberán adjuntarse estados de cuenta de los últimos tres meses.
- Para visas categoría “C” (visa consultada):
- Ya no será requisito presentar certificado de validez de pasaporte ni boleto aéreo de ida y vuelta.
- El garante guatemalteco no podrá respaldar a más de tres solicitantes a la vez.