El Salvador se proyecta como hub financiero regional con nueva Ley de Bancos de Inversión

El Salvador se proyecta como hub financiero regional con nueva Ley de Bancos de Inversión

El 11 de agosto de 2025, el Diario Oficial de El Salvador publicó la Ley de Bancos de Inversión, una normativa que marca un paso decisivo en la estrategia de El Salvador por consolidarse como un centro financiero regional e internacional.  

Esta ley regula la constitución y operación de los bancos de inversión, instituciones encargadas de la canalización de grandes capitales hacia proyectos empresariales y gubernamentales, con el fin de dinamizar la economía nacional y ampliar las opciones de financiamiento. 

Exclusividad para inversionistas sofisticados 
La normativa establece que los Bancos de Inversión podrán atender únicamente a Inversionistas Sofisticados, es decir, personas naturales o jurídicas con experiencia financiera y capacidad patrimonial mínima de US $250,000 en activos líquidos.  

Estos activos pueden estar constituidos por dinero en efectivo, bonos del tesoro, oro, e incluso Bitcoin, stablecoins y activos tokenizados. 

Capital robusto y supervisión estricta 

Las entidades deberán constituirse como sociedades anónimas de capital fijo, con un capital mínimo de US $50 millones, pagado en dólares y acreditado en el Banco Central de Reserva (BCR). La Superintendencia del Sistema Financiero será responsable de supervisar su funcionamiento, mientras que el BCR establecerá las normas técnicas para garantizar la solvencia, liquidez y transparencia de las operaciones. 

Servicios autorizados 

Los Bancos de Inversión podrán ofrecer un portafolio amplio de servicios: 

  • Gestión de activos y asesoría financiera. 
  • Estructuración de operaciones corporativas, como fusiones, adquisiciones y colocaciones de capital. 
  • Acceso a mercados internacionales de capitales. 
  • Emisión de instrumentos financieros, incluidos bonos, certificados y productos estructurados. 
  • Financiamiento en moneda nacional, extranjera o digital. 
  • Servicios de custodia y administración de activos digitales. 

Integración con la legislación de activos digitales y Bitcoin 

Uno de los aspectos más innovadores de la ley es que permite a los Bancos de Inversión solicitar autorización para operar como Proveedores de Servicios de Activos Digitales, Emisores de Activos Digitales o Proveedores de Servicios Bitcoin, conforme a la Ley de Emisión de Activos Digitales y la Ley Bitcoin.  

Esto habilita la posibilidad de realizar operaciones de inversión, financiamiento y custodia de Bitcoin, stablecoins y activos tokenizados, ampliando las alternativas para inversionistas globales y consolidando a El Salvador como pionero en la integración de criptomonedas en su sistema financiero. 

Autores

Rodrigo Benítez Nassar

Rodrigo Benítez Nassar

Asociado Senior

El Salvador