
Desde el pasado 5 de marzo de 2026, y con efecto retroactivo al 1 de enero, los trabajadores en Nicaragua cuentan con un nuevo salario mínimo, tras la aprobación de un incremento del 4% aplicable a todos los sectores económicos del país. Este ajuste estará vigente hasta el 28 de febrero de 2027.
La única excepción es la industria sujeta a régimen especial, que se rige por un acuerdo salarial tripartito suscrito en 2023. Conforme a ese acuerdo, el incremento para este sector será del 6.7% tanto en 2026 como en 2027.
| Sector de actividad económica | Porcentaje | Mensual |
| Agropecuario | 4% | C$ 6,118.02 |
| Pesca | 4% | C$ 9,409.09 |
| Minas y canteras | 4% | C$ 11,113.46 |
| Industrias manufactureras | 4% | C$ 8,320.48 |
| Industria sujeta a régimen especial | 6.7% | C$ 9,986.46 |
| Micro y pequeña industria artesanal y turística | 4% | C$ 6,519.58 |
| Electricidad, gas y agua; comercio, restaurantes y hoteles; transporte, almacenamiento y comunicaciones | 4% | C$ 11,350.08 |
| Construcción; establecimientos financieros y seguros | 4% | C$ 13,848 23 |
| Servicios comunales, sociales y personales | 4% | C$ 8,674.94 |
| Gobierno central y municipalidad | 4% | C$ 7,716.70 |