Cambios en ley MYPE de El Salvador: nuevas categorías, financiamiento más flexible y ajustes en el registro

Cambios en ley MYPE de El Salvador: nuevas categorías, financiamiento más flexible y ajustes en el registro

En el Diario Oficial del 16 de marzo de 2026 se publicaron las reformas a la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo para la Micro y Pequeña Empresa (MYPE) para actualizar la clasificación de las empresas del sector, mejorar su acceso a financiamiento y fortalecer los mecanismos de apoyo institucional.

Uno los cambios es la flexibilización de requisitos para acceder a crédito, la creación de nuevas categorías de microempresas, modificaciones en la gobernanza de la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE) y nuevas obligaciones para las empresas que deseen inscribirse o mantenerse en el Registro MYPE.

 

Nuevos criterios para clasificar a las empresas MYPE

La reforma actualiza los rangos de ventas que determinan cuándo una empresa se considera micro o pequeña.

El límite de ventas brutas anuales para las microempresas se incrementa de 482 a 500 salarios mínimos, mientras que el techo para las pequeñas empresas pasa de 4,817 a 5,000 salarios mínimos. Asimismo, se mantiene que las pequeñas empresas pueden tener entre 11 y 50 trabajadores.

Además, se introduce una clasificación más detallada dentro del segmento de microempresas, con tres subcategorías:

  • Microempresas de subsistencia: hasta 57 salarios mínimos en ventas brutas anuales y máximo 2 trabajadores.
  • Microempresas de acumulación: más de 57 hasta 300 salarios mínimos y entre 3 y 4 trabajadores.
  • Microempresas de expansión: más de 300 hasta 500 salarios mínimos y entre 5 y 10 trabajadores.

 

Acceso a financiamiento

Uno de los cambios más relevantes se encuentra en el artículo 45 de la ley, que establece que el sistema financiero deberá ofrecer servicios financieros y no financieros diseñados para las necesidades de las MYPE. La normativa incorpora además un enfoque de riesgo diferenciado, que permitirá:

  • flexibilizar requisitos de historial crediticio.
  • considerar empresas con menor tiempo de operación.
  • facilitar el acceso a financiamiento y a mercados de capitales.

 

Pagos del Estado a proveedores MYPE

La reforma mantiene la obligación de que el Estado pague a sus proveedores MYPE en un plazo máximo de 30 días.

En caso de incumplimiento, las empresas tendrán derecho a una compensación equivalente al interés legal mercantil sobre el monto adeudado. El procedimiento para reclamar dicha compensación deberá realizarse conforme a lo establecido en la legislación de compras públicas.

 

Nuevas obligaciones para registro de MYPE

La reforma introduce requisitos adicionales para las empresas que deseen inscribirse o mantenerse en el Registro MYPE. Entre los principales cambios se encuentran:

  • Para la inscripción: las personas naturales deberán presentar su declaración de impuesto sobre la renta, o una declaración jurada de ingresos
  • Para mantener la certificación: las MYPE deberán actualizar la información de su registro cada dos años.

 

Implicaciones para negocios

Las reformas generan tanto nuevas oportunidades como obligaciones para las micro y pequeñas empresas. Entre los principales beneficios potenciales destacan:

  • Mayor acceso a financiamiento.
  • Políticas públicas diferenciadas según el nivel de desarrollo empresarial.
  • Reducción de costos administrativos y trámites.

Sin embargo, las empresas también deberán prestar atención a los nuevos requisitos de registro y actualización de información, ya que el incumplimiento podría afectar su acceso a programas de apoyo, financiamiento o certificaciones oficiales.

Autor

Rodrigo Benítez Nassar

Rodrigo Benítez Nassar

Asociado Senior

El Salvador