Reglamento sobre trabajo a tiempo parcial en Guatemala
La ratificación por Guatemala del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre el Trabajo a tiempo parcial, se veía para su aplicación en la necesidad de un reglamento que normara su aplicación. Con la reciente aprobación del correspondiente reglamento, la economía Guatemalteca podría mejorar notablemente debido a la generación de empleo que esto puede provocar.
El Ministro de Trabajo, Gabriel Aguilera, señala que el reglamento es fuente de certeza jurídica para las empresas, así como un soporte y un beneficio para aquellas personas que al día de hoy no pueden efectuar jornadas completas y constituye una garantía para el pago de todas las prestaciones laborales que la ley ordena.
Aunque el Convenio, que originalmente es de 1994, había sido ratificado desde 2017 por el Congreso de la República, no podía convertirse en norma positiva sin la aprobación de un Reglamento que normara cuestiones fundamentales como la duración de las jornadas a tiempo parcial.
En ese sentido, el Reglamento del Convenio puede promover la creación de empleo que favorecerá a la población en edad de trabajar, que actualmente es de 11.65 millones de personas según datos del Instituto Nacional de Estadística.
Normativa como esta, que favorece la inversión, es un aliciente para disminuir los índices actuales de desempleo, que según datos del INE ronda el 2,8% en la actualidad. En virtud de ello, las cámaras y gremios empresariales han congratulado la publicación del Reglamento, y lo han señalado como una mejora evidente en el sistema jurídico guatemalteco y un paso más en la construcción del Estado de Derecho.
José Rosales Cano
Asociado Senior
García & Bodán
Guatemala