Nombres de Dominio en El Salvador
Debido a que el internet es el medio más utilizado a nivel global para ejercer el comercio, este es explotado por los que quieren valerse del esfuerzo, fama e inversión de terceros para obtener un beneficio económico. La forma más común de hacerlo es:
- Registrando nombres de dominio que incluyen signos distintivos propiedad de terceros, con ello
- Confundiendo al público consumidor respecto adónde será dirigido y,
- Logrando así desviar el tráfico virtual a su dominio.
Registrar un dominio de internet en El Salvador es tan expedito como hacer una solicitud al Registrador de Dominios, acompañada del comprobante de haber cancelado los derechos de registro correspondientes. Siguiendo este procedimiento se obtiene por un plazo de hasta cinco años el registro de un dominio de internet. Con un dominio de internet ya inscrito, se puede ejercer el comercio electrónico, ¡teniendo como mercado al mundo entero! El problema es cuando se hace de mala fe, incluyendo en el nombre de dominio registrado signos distintivos propiedad de terceros para atraer consumidores de una forma fraudulenta.
Desviar el tráfico en el internet valiéndose del uso de dominios infractores es llamado “cybersquatting”, y supone una efectiva confusión del sitio de internet infractor con una marca, señal de publicidad, nombre comercial, u otro signo distintivo propiedad de un tercero. Económicamente esto se traduce en exposición, publicidad y compras a través del internet que consumidores hacen asociando el sitio infractor con el signo distintivo original. El desvío del tráfico llega a ser a tal grado, que el titular del signo distintivo infringido se ve afectado, y es aquí cuando los infractores buscan aprovecharse, buscando venderle a los titulares de los signos distintivos el sitio de internet en sumas cuantiosas de dinero. Afortunadamente, no se está a la merced de los infractores, existiendo medios para resolver este tipo de conflictos.
La entidad administradora del registro de dominios de internet en El Salvador, se reserva el derecho de requerir, cuando crea necesario, los documentos que prueben la titularidad de un signo distintivo utilizado en un dominio de internet que está por registrarse. No obstante, al no estar vinculados el Registro de la Propiedad Intelectual con el Registro de Dominios de Internet, es muy difícil controlar prima facie una infracción marcaria. Por tanto, la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos establece que el Registrador de Dominios deberá contar con procedimientos para resolver toda controversia suscitada, porque un titular de un nombre de dominio en El Salvador infringe un derecho de propiedad intelectual en el territorio salvadoreño.
Sin embargo, en la realidad, el Registrador de Dominios en El Salvador solo establece la conciliación como medio para resolver estos conflictos, remitiendo en caso que la misma no sea posible al Centro de Mediación, Conciliación y Arbitraje de la Cámara Americana de Comercio. No obstante, este Centro no opera, por lo que el afectado por este tipo de piratería cibernética, podrá hacer valer sus derechos a través de una demanda ante los tribunales con competencia en materia de Propiedad Intelectual en El Salvador.
El internet es de tal transcendencia para el comercio hoy día, que ha de ser el lugar donde los comerciantes realicen una constante ciber-vigilancia, a fin de identificar si sus derechos de propiedad intelectual están siendo infringidos por terceros.
Fermina Bolaños Meardi
Asociado
García & Bodán
El Salvador