Nicaragua impulsa oportunidades de inversión con ley de zonas económicas especiales

Nicaragua impulsa oportunidades de inversión con ley de zonas económicas especiales

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó la Ley No. 1264, Ley de Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta, publicada en La Gaceta Diario Oficial del 31 de octubre de 2025, la cual entró en vigencia a partir de su publicación.

Esta normativa crea un nuevo régimen jurídico con amplios incentivos fiscales, aduaneros y administrativos para promover la inversión nacional y extranjera, el desarrollo regional y la generación de empleo formal.

 

Un nuevo régimen de incentivos

La Ley establece las Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta (ZEE) como espacios delimitados del territorio nacional destinados a actividades de procesamiento, transformación y generación de valor agregado orientadas a la exportación de bienes y servicios.

El objetivo central es impulsar la diversificación productiva, la transferencia tecnológica y la competitividad nacional, bajo un marco de seguridad jurídica y sostenibilidad ambiental.

Entre los principales beneficios fiscales otorgados a las empresas que operen en las ZEE destacan:

  • Exención total del Impuesto sobre la Renta (IR) y del impuesto sobre dividendos durante diez años, renovables de forma indefinida cada período, sujeto al cumplimiento de las normas nacionales.
  • Exoneración de impuestos, derechos de aduana y consumo sobre importaciones de bienes y servicios necesarios para la operación.
  • Exención del IVA en compras locales e importaciones vinculadas a la actividad.
  • Exoneración de impuestos municipales, de transmisión de bienes muebles e inmuebles y de impuestos indirectos o selectivos de consumo.

Estos incentivos no aplican a las rentas del trabajo pagadas al personal nacional o extranjero.

 

Facilidades administrativas

Las empresas beneficiarias del régimen contarán con una ventanilla única para la gestión de todos los trámites de importación, exportación y permisos administrativos, además de:

  • Tramitología simplificada en materia ambiental, tributaria, laboral y migratoria.
  • Tarifas energéticas e inmobiliarias preferenciales.
  • Acceso a programas de formación de talento humano.
  • Facilidades portuarias, aeroportuarias y fronterizas para operaciones de comercio exterior.

 

Requisitos para operar

Solo podrán instalarse en las ZEE aquellas empresas nacionales o extranjeras dedicadas a la exportación de bienes y servicios con valor agregado.

Las compañías deberán constituirse como sociedades mercantiles nicaragüenses con objeto exclusivo de producción para exportación. Las firmas extranjeras podrán establecerse mediante subsidiarias, consorcios o sucursales, conforme al Código de Comercio.

 

Administración y solución de controversias

La administración del régimen estará a cargo de la Comisión Nacional de Zonas Francas, mientras que la dirección política del sistema recaerá en una Comisión Especial integrada por representantes de alto nivel del Gobierno.

En caso de disputas, las diferencias con inversionistas extranjeros se resolverán conforme a la Ley No. 1240, Ley de Inversiones Extranjeras, garantizando un marco de seguridad jurídica para la inversión.

Autor

Jonathan Deshon Molina

Jonathan Deshon Molina

Asociado

Nicaragua