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Ley Orgánica de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico en Honduras

En el año 2013, el Congreso Nacional de la República de Honduras, aprobó la Ley Orgánica de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).

Las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) son espacios territoriales altamente atractivos a la inversión nacional y extranjera. De conformidad a lo establecido en la Ley que las regula, las ZEDES tienen personalidad jurídica, están autorizadas para establecer su propia política y normativa, y también gozarán de autonomía funcional y administrativa. Asimismo, contarán con Tribunales autónomos e independientes con competencia exclusiva dentro de ellas.

Las ZEDE pueden crearse con el objetivo de desarrollar Centros Financieros Nacionales e Internacionales, Centros Logísticos Internacionales, Ciudades Autónomas, Cortes Comerciales Internacionales, Distritos Especiales de Inversión, Distritos Energéticos Renovables, Zonas Económicas Especiales, Zonas sujetas a un Sistema Jurídico Especial, Zonas Agroindustriales Especiales, Zonas Turísticas Especiales, Zonas Mineras Sociales, Zonas Forestales Sociales o cualquier otro régimen especial que incluya una combinación de varios de estos regímenes, para procurar el desarrollo de las inversiones bajo modelos incluyentes y otros análogos.

La Ley establece que el régimen fiscal especial de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), las autoriza a crear su propio presupuesto, el derecho a recaudar y administrar sus tributos. Contarán con un régimen fiscal independiente y deben orientarse por una política de bajos impuestos.

Se pretende ofrecer a los inversionistas a través de las ZEDE, una mayor seguridad jurídica protegida por la Constitución, donde se tendrían niveles competitivos más altos. Los inversionistas podrán transar bajo políticas de libre comercio y competencia, amparados en derecho común o anglosajón. Tendrán libre conversión, libre circulación de capitales, dentro, hacia adentro y hacia afuera. Los mercados de divisas, oro, valores, futuros y mercancías pueden existir en forma libre.

Como se puede captar de la descripción antes mencionada, es una figura muy innovadora, pero que por algunas características que presenta no es aceptado en un 100% por la población, pues quienes se oponen, arguyen una pérdida de la soberanía.

No es nuestro propósito plantear los argumentos de las partes, sino más bien brindar información referente a una Ley aprobada que presenta condiciones atractivas para el inversionista.

Gabriela María Aguirre BarahonaGabriela Aguirre Barahona
Asociado
García & Bodán
Honduras

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