Las Asociaciones Público Privadas en Nicaragua
No hay una definición unitariamente aceptada de lo que significan las Asociaciones Público Privadas en Nicaragua. Tomaremos como referencia la definición del Banco Mundial, que en términos generales define las APPs como: “un acuerdo entre el sector público y el sector privado en el que parte de los servicios o labores que son responsabilidad del sector público es suministrada por el sector privado bajo un claro acuerdo de objetivos compartidos para el abastecimiento del servicio público o de la infraestructura pública”.
Dicho lo anterior, el presente artículo tiene como propósito abordar las APPs, desde una perspectiva de futuro para Nicaragua. Esto haciendo un leve recorrido sobre las fórmulas que han generado un gran desarrollo en otros países y que deben ser aplicadas en Nicaragua para un desarrollo sostenible que nos permita crecer más del 4.3% que crecimos en el año 2016.
La implementación de la Ley No. 935, Ley de Asociaciones de Inversión Público Privadas en Nicragua aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 05 de Octubre de 2016, provee al país de un marco regulatorio para las APPs. Este ha brindado a países como México, España, Australia, Italia, Canadá o Chile, aún con sus deficiencias, reglas de juego claras o al menos previsibles para sectores de la empresa privada, tanto a nivel local como internacional, en el desarrollo de proyectos de construcción o proyectos energéticos, que nunca hubieran sido posibles de no ser por la colaboración entre ambos sectores.
Para asegurar una exitosa implementación de la Ley, se deberá tener debida diligencia en: i. garantizar que la ejecución de la Ley se ajuste a los principios de libertad de competencia, transparencia y seguridad jurídica, ii. en aquellos proyectos que política o socialmente serán mayormente demandados por la población, pero que no necesariamente serán auto sostenibles o subvencionables, y que podrían perjudicar tanto la estabilidad presupuestaria como el positivismo que actualmente tiene el sector privado en relación con las APPs.
En conclusión, la implementación de la Ley No. 935, Ley de Asociaciones de Inversión Público Privadas en Nicaragua, dotará al país de una herramienta tangible que permitirá robustecer la economía nacional, lo cual veremos evidenciado en los próximos años con proyectos de inversión tanto en infraestructura como en servicios, siempre y cuando los proyectos se realicen con la debida diligencia.
Luis Ramírez Aragón
Asociado
García & Bodán
Nicaragua