El Salvador aprueba nueva Ley de Propiedad Intelectual
La Asamblea Legislativa de El Salvador ha aprobado una nueva Ley de Propiedad Intelectual, que deroga la anterior Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, así como la Ley de Propiedad Intelectual vigente desde 1993 y su reglamento.
La nueva ley crea el Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI). Esta nueva entidad será responsable de tramitar solicitudes de títulos de propiedad intelectual, supervisar el uso de obras, interpretaciones y producciones protegidas, y mediar en conflictos entre titulares de derechos. Dichas funciones las desempeña actualmente el Registro de la Propiedad Intelectual.
Por otro lado, la ley contiene cambios sobre el mantenimiento, protección, modificación y licencias de derechos de propiedad intelectual:
- Los nombres comerciales y señales de publicidad deberán renovarse cada 10 años.
- Se aumenta a 15 años el plazo de protección de diseños industriales.
- Si la solicitud de registro de un signo distintivo contiene un nombre de dominio de primer nivel genérico u de código de país, se tiene que acreditar la documentación que justifique su uso.
- No podrá patentarse productos o procedimientos ya patentados por el hecho de atribuirse un uso distinto de la patente original
- Los circuitos integrados y esquema de trazado gozarán de protección.
Ámbito de Protección
La ley determina el ámbito de protección a diversas formas de creación intelectual, incluyendo:
- Obras Literarias y Artísticas: Libros, folletos, escritos de toda naturaleza y extensión, programas de ordenador, videojuegos, obras musicales con o sin letra, así como oratoria, conferencias, discursos, y otros similares.
- Obras Dramáticas y Audiovisuales: Dramáticas, dramáticas-musicales, coreografías, actos y trucos circenses, pantomimas, obras cinematográficas, y audiovisuales.
- Obras de Arte y Diseño: Dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía, obras gráficas y tipográficas, fotografías, arte aplicado, ilustraciones, mapas geográficos, planos, y obras relacionadas con la geografía, topografía, la industria y las ciencias.
Tasas y Exenciones
El ISPI establecerá tasas para los trámites que variarán entre USD 20.00 y USD 500.00, dependiendo del tipo de trámite. Sin embargo, el Estado y las alcaldías municipales estarán exentos de estas tasas.
Además, las instituciones educativas reguladas por la Ley General de Educación, así como las instituciones de educación superior, personas inscritas en el Registro Nacional de los Trabajadores de la Cultura y el Arte, y las pequeñas empresas tendrán exenciones parciales.
Igualmente, se aplicará un descuento del 50% en los aranceles para micro y pequeñas empresas acreditadas por la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE).
Edna López
edna.lopez@garciabodan.com
Socio
García & Bodán
El Salvador