
Costa Rica aprobó la Ley de Protección a las Personas Consumidoras en la Custodia de su Dinero, la cual establece nuevas reglas sobre la responsabilidad de las entidades financieras frente a la sustracción de fondos y fraudes electrónicos en cuentas bancarias.
La ley modifica disposiciones de la legislación de protección al consumidor y del régimen procesal costarricense para reforzar la seguridad de los usuarios del sistema financiero y establecer mecanismos más claros de la resolución de disputas relacionadas con transacciones no autorizadas.
Responsabilidad de las entidades financieras
Uno de los principales cambios es la ampliación del régimen de responsabilidad aplicable a las entidades financieras que custodian fondos de sus clientes.
Una vez la ley entre en vigencia, las entidades bancarias o financieras, públicas o privadas, pueden ser responsables por los daños económicos ocasionados a los usuarios cuando se produzca la sustracción de fondos de sus cuentas sin autorización del titular, incluso cuando el hecho haya sido cometido por terceros.
La norma también establece una base legal expresa para que los usuarios puedan reclamar la restitución de los fondos sustraídos, un aspecto que anteriormente generaba incertidumbre en muchos casos de fraude electrónico.
En la práctica, esto implica que:
- Un cliente puede reclamar a la entidad financiera la devolución del dinero sustraído.
- Si no obtiene una respuesta satisfactoria, puede acudir a la vía administrativa o judicial para exigir la indemnización correspondiente.
Inversión de la carga de la prueba en casos de fraude
La ley también introduce cambios relevantes en materia procesal. En los casos relacionados con fraude electrónico o sustracción de fondos, se establece la inversión de la carga de la prueba. Esto significa que corresponderá a la entidad financiera demostrar que actuó con los estándares de seguridad y diligencia requeridos para evitar el fraude.
Esta modificación busca equilibrar la relación entre los usuarios del sistema financiero y las instituciones que administran sus fondos, considerando que estas últimas poseen mayor acceso a información técnica y registros de las operaciones.
Implicaciones para el sector financiero
La nueva normativa tendrá implicaciones operativas y de cumplimiento para las entidades que operan en el sistema financiero costarricense, incluyendo bancos, cooperativas y otras instituciones autorizadas para administrar recursos del público.
Entre los principales aspectos a considerar se encuentran:
- Revisión y fortalecimiento de protocolos de ciberseguridad y prevención de fraude.
- Implementación de sistemas de monitoreo y detección temprana de transacciones inusuales.
- Actualización de procedimientos internos de atención y gestión de reclamos de clientes.
- Evaluación de políticas de manejo y custodia de datos personales y financieros.
Las entidades también deberán documentar adecuadamente sus controles y procedimientos, ya que esta información podría ser determinante en eventuales procesos administrativos o judiciales.
Relevancia para empresas y usuarios del sistema financiero
Para empresas e inversionistas que operan en Costa Rica, la nueva ley refuerza el marco de protección de los fondos depositados en instituciones financieras y busca aumentar la confianza en los sistemas de pagos electrónicos y en la banca digital.
Al mismo tiempo, las compañías que gestionan operaciones financieras frecuentes o de alto volumen podrían beneficiarse de mayores garantías en caso de transacciones no autorizadas.
No obstante, las empresas también deberán fortalecer sus propios controles internos y protocolos de seguridad digital para reducir el riesgo de fraude y facilitar la gestión de eventuales reclamaciones.
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