Guatemala aprueba nueva Ley de Competencia y crea Superintendencia
La nueva Ley de Competencia de Guatemala ha sido publicada en el Diario de Centroamérica del 9 de diciembre de 2024, un marco normativo con 121 artículos, que regulará el mercado y sancionar las prácticas que atenten contra la competencia leal.
Uno de los aspectos más destacados de la nueva ley es la creación de la Superintendencia de Competencia, que se encargará de la supervisión y control de las prácticas comerciales.
La Superintendencia contará con un directorio integrado por representantes de diversas entidades, como el Presidente en Consejo de Ministros, el pleno del Congreso y la Junta Monetaria. Este directorio funcionará por un período de seis años y su presidencia será rotativa entre sus miembros.
Prácticas anticompetitivas: Relativas y absolutas
La nueva legislación establece dos tipos de prácticas anticompetitivas: relativas y absolutas. Ambas están sujetas a sanciones severas y tienen implicaciones significativas para las empresas que las lleven a cabo.
Prácticas relativas
Entre las malas prácticas relativas más comunes, se encuentran las siguientes:
- Manipulación de precios, cargos o descuentos en la venta o compra de bienes y servicios.
- División del mercado, asignando territorios, segmentos de clientes o fuentes de insumos.
- Restricción en la producción, demanda, distribución o comercialización de productos o servicios.
- Coordinación de ofertas en procesos de contratación pública, como licitaciones o subastas.
Prácticas absolutas
Por otro lado, las prácticas absolutas son aquellas más agresivas y dañinas para el mercado. Algunas de las conductas prohibidas incluyen:
- Imposición de precios, márgenes o condiciones de comercialización que afecten a los compradores o distribuidores.
- Venta de productos por debajo de su costo, con el objetivo de excluir competidores del mercado.
- Restricción de acceso a insumos esenciales o la creación de condiciones discriminatorias para otros agentes económicos.
- Bloqueo de la entrada de nuevos competidores al mercado o la denegación del acceso a asociaciones gremiales esenciales.
Sanciones y entrada en vigencia
Las sanciones por incurrir en estas prácticas pueden ser severas. De comprobarse la existencia de conductas anticompetitivas, las multas impuestas pueden ascender hasta 200,000 salarios mínimos diarios no agrícolas, lo que equivaldría a más de USD 77,761,860.00 (Q600 millones).
Aunque la ley ha sido aprobada, la aplicación de las sanciones se implementará de manera gradual. Según la ley, las prácticas anticompetitivas serán reconocidas dos años después de su publicación en el Diario Oficial, lo que implica que las primeras sanciones podrían comenzar a aplicarse alrededor de finales de 2026.
La Ley de Competencia no entrará en vigor de inmediato. El decreto establece que algunos de sus preceptos serán aplicados a partir de 2025, mientras que otros comenzarán a implementarse dos años después de la publicación en el Diario Oficial, lo que permitirá a la Superintendencia de Competencia prepararse para su labor.
Paul Rodríguez
paul.rodriguez@garciabodan.com
Asociado Senior
García & Bodán
Guatemala