García & Bodán

Empresas de Guatemala tendrán nuevo plazo para obtener Instrumento Ambiental Correctivo y Licencia Ambiental

El Gobierno de Guatemala ha realizado importantes cambios al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA) a través del Acuerdo Gubernativo No. 148-2024.

Las modificaciones están diseñadas para simplificar los procesos administrativos y reducir la carga regulatoria, alineándose con la Ley de Simplificación de Trámites. Esto facilitará el cumplimiento regulatorio sin comprometer los estándares ambientales.

Las empresas tienen hasta el 27 de septiembre de 2025 para presentar su Instrumento Ambiental Correctivo y obtener la Licencia Ambiental correspondiente. Esta extensión permitirá a las empresas adecuarse mejor a las regulaciones vigentes.

La Licencia Ambiental es un requisito legal para actividades que puedan impactar el medio ambiente en Guatemala. Asegura que las empresas sigan procedimientos adecuados para mitigar daños potenciales. Los proyectos se clasifican en categorías A, B1, B2 y C según su impacto ambiental.

¿Qué Empresas Necesitan Licencia Ambiental?

Aspectos Clave de las Modificaciones

  1. Si una empresa no tiene procesos incidentales en curso y presenta voluntariamente su instrumento dentro del plazo indicado, la multa será de USD 647.40 (Q5,000). Si no lo hace, las sanciones pueden variar entre USD 647.40 y USD 12,947.92 (Q5,000 y Q100,000), según la categoría del proyecto.
  2. Las solicitudes para obtener licencias ambientales podrán presentarse de forma física o digital a través de la plataforma del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN).
  3. Se requerirá que el pago correspondiente se realice antes de ingresar los Instrumentos Ambientales. Si el expediente es rechazado, la boleta de pago podrá reutilizarse una vez dentro de los tres meses siguientes.
  4. Se elimina el requisito de declaración jurada del proponente, quien asumirá la responsabilidad total por los compromisos ambientales adquiridos.
  5. Todos los expedientes deberán contar con la opinión favorable de CONAP (si aplica) al momento de ingresar la solicitud.
  6. La renovación de la licencia debe solicitarse 30 días antes de su vencimiento. Si no se solicita en ese plazo, se considerará un incumplimiento de los compromisos ambientales.
  7. Las empresas podrán solicitar un convenio de pago por multas dentro del proceso sancionatorio administrativo, con plazos que no excedan los doce meses.

Paul Rodríguez 
paul.rodriguez@garciabodan.com
Asociado Senior
García & Bodán
Guatemala