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Prórroga para Cumplimiento de Permisos Ambientales en Guatemala

Uno de los sectores más importantes de la economía de Guatemala es su medio ambiente y sus recursos naturales. Es por ello que el Gobierno de Guatemala mediante Acuerdo Gubernativo 137-2016 emitió el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental.

El Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental tiene como objeto establecer los lineamientos, estructura y procedimientos necesarios para apoyar el desarrollo sostenible del país en el tema ambiental. Dentro del reglamento se encuentran las reglas para el uso de instrumentos y guías que facilitan la evaluación, control y seguimiento ambiental de los proyectos, obras, industrias y actividades que se van a desarrollar o que se encuentran en desarrollo. La entidad encargada de todo lo anterior es el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Dirección Ambiental y Recursos Humanos.

Dentro del Reglamento antes citado se establecía un plazo para la tramitación de cumplimiento de los lineamientos ambientales, el cual venció el once (11) de julio del presente año, por lo que el Gobierno de Guatemala, mediante el Acuerdo Gubernativo 121-2018, modificó el plazo para el proceso de regularización de proyectos, obras, industrias y actividades ya existentes, estableciendo una prórroga de dos años, venciendo el 3 de enero de 2020. Además de modificar el plazo, también se creó una lista de proyectos, obras, industrias o actividades con la finalidad de crear la base técnico-descriptiva para categorizar de manera correcta los diferentes proyectos, obras, industrias o actividades.

El propósito del Gobierno de Guatemala con este tipo de normas es incentivar el correcto cumplimiento de la normativa existente ambiental, además que esto contribuye a generar indicadores adecuados de un sector importante del que depende la economía de Guatemala.

José Rosales Cano
Asociado
García & Bodán
Guatemala

 

 

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