
Recientemente se reformó el Código Tributario para que los rendimientos generados por títulos valores en el mercado salvadoreño, cuando sean percibidos por personas naturales o jurídicas no domiciliadas, no estarán sujetos a retención ni al pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Aspectos de la reforma
- Se elimina la retención del 3% aplicable a rendimientos de valores para inversionistas no domiciliados.
- Se establece una exención total de ISR sobre dichas rentas en El Salvador.
- La medida aplica a operaciones en el mercado primario y secundario de valores.
- Se mantiene la obligación de las casas corredoras de bolsa de reportar la información sobre inversionistas no domiciliados.
¿Qué es lo interesante de esta reforma?
- Mayor atractivo para inversión extranjera: se reduce el costo fiscal de invertir en instrumentos financieros salvadoreños.
- Diferenciación frente a inversionistas locales: la reforma genera un tratamiento fiscal más favorable para no domiciliados.
- Mayor enfoque en cumplimiento: aunque se elimina la retención, se refuerzan obligaciones de reporte, lo que incrementa la trazabilidad de las operaciones.
Puntos de atención a considerar
- Evaluar el impacto de la reforma en estructuras de inversión existentes.
- Analizar posibles riesgos de fiscalización derivados de los nuevos deberes de información.
- Considerar implicaciones en jurisdicciones de residencia del inversionista, especialmente en materia de doble tributación.
Para ello, recomendamos
- Revisar vehículos de inversión y estructuras transfronterizas para optimizar el tratamiento fiscal.
- Verificar el cumplimiento de obligaciones de reporte por parte de intermediarios.