
La Asamblea Legislativa aprobó la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones, una iniciativa que introduce incentivos fiscales dirigidos exclusivamente a empresas ya instaladas en El Salvador que decidan ampliar sus operaciones.
La ley entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, a partir de lo cual las empresas interesadas podrán iniciar el proceso de calificación para acceder a los beneficios.
¿Qué tipo de inversiones califican?
El régimen aplica a expansiones de inversión a partir de US $1 millón, sin límite máximo, siempre que se trate de ampliaciones reales de operaciones existentes. La ley reconoce como expansión, entre otros supuestos:
- Nuevas líneas de producción.
- Construcción de infraestructura para producción, transformación o logística.
- Adquisición de maquinaria o equipo industrial.
- Incorporación de flotas de transporte.
- Centros de investigación de procesos industriales o tecnológicos.
No se trata de incentivos para nuevas empresas, sino para crecimiento incremental de operaciones ya establecidas.
Beneficios fiscales
El principal incentivo es un crédito tributario acreditable contra el Impuesto sobre la Renta (ISR), utilizable por un período de hasta 10 años, cuyo porcentaje depende del monto de la inversión ejecutada:
- Inversión de US $1,000,000 a US $10,000,000: Crédito del ISR equivalente al 10% de la inversión.
- Inversión de US $10,000,000.01 a US $20,000,000: Crédito del ISR equivalente al 20 % de la inversión.
- Inversión de US $20,000,000.01 en adelante: Crédito del ISR equivalente al 30 % de la inversión.
Adicionalmente, las empresas estarán exentas del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces por la adquisición de inmuebles destinados a la expansión, siempre que estos se utilicen por al menos 5 años.
Sectores que pueden aplicar
La ley limita la aplicación del régimen a proyectos de expansión dentro de sectores específicos, entre ellos:
- Textil y confección.
- Agroindustria.
- Alimentos y bebidas.
- Autopartes.
- Electrónica.
- Plásticos.
- Calzado.
- Químico-farmacéutico.
- Productos para la construcción.
- Fabricación de papel y productos de papel.
Empresas fuera de estos sectores no podrán acogerse al régimen.
Quiénes quedan excluidos
No podrán acceder a los beneficios:
- Empresas que ya gocen de incentivos fiscales otorgados por otras leyes.
- Empresas a las que se les haya revocado previamente un régimen de incentivos por incumplimiento.
- Empresas con obligaciones tributarias o aduaneras pendientes.
Proceso de calificación y plazos
Para acceder a los incentivos, la empresa deberá obtener un “Acuerdo de calificación de la inversión de expansión” emitido por el Ministerio de Economía.
El procedimiento contempla los siguientes plazos:
- El Ministerio de Economía contará con cinco días hábiles para revisar la solicitud.
- Podrá requerir subsanaciones, otorgando un plazo máximo de 10 días hábiles.
- Una vez admitida la solicitud y solicitada la opinión del Ministerio de Hacienda, deberá resolver en 10 días hábiles.
La Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador (INVEST) será responsable de la calificación del perfil del inversionista.
Recomendaciones
Antes de la entrada en vigencia de la ley, las empresas que evalúan crecer en El Salvador deberían considerar, desde ahora, los siguientes puntos:
- Revisar si el proyecto califica antes de ejecutar la inversión.
- Validar el monto y la estructura de la inversión.
- Evaluar el impacto fiscal real del crédito tributario.
- Preparar con anticipación la documentación financiera y técnica.
- Verificar cumplimiento tributario y aduanero.
- Analizar riesgos de incumplimiento y revocatoria.