García & Bodán

Costa Rica simplifica el internamiento de productos sanitarios con nuevo reglamento

Con la entrada en vigor del “Reglamento para la autorización sanitaria de internamiento de productos de interés sanitario o sus materias primas a establecimientos bajo los regímenes de zonas francas y de perfeccionamiento activo”, el pasado 14 de agosto de 2024, Decreto Ejecutivo N° 44696-S-COMEX, se facilita la autorización sanitaria para el reingreso o ingreso de productos de interés sanitario (PIS) y sus materias primas en empresas bajo los regímenes de Zona Franca y Perfeccionamiento Activo.  

El reglamento establece lineamientos para regular los procedimientos, condiciones y requisitos no arancelarios que deben cumplir las empresas para utilizar productos sanitarios sin necesidad de registro sanitario, siempre que estos no sean destinados al mercado nacional.  

Internamiento vs. Importación 

A diferencia de una importación tradicional, el internamiento permite a las empresas ingresar productos al régimen especial sin aplicar los requisitos aduaneros habituales. 

Exención del registro sanitario 

Los productos internados no requieren registro sanitario si son destinados exclusivamente a: 

Sin embargo, sí será obligatorio el registro sanitario en casos específicos: 

Simplificación de trámites 

Las empresas deben presentar sus solicitudes de internamiento mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCECR), adjuntando: 

En casos simples, el proceso puede resolverse automáticamente en un plazo de 24 horas, agilizando el internamiento de productos y fortaleciendo la cadena logística de exportación. 

Exclusiones del régimen 

El decreto excluye varios productos por consideraciones sanitarias o regulatorias: 

Antes de la entrada en vigor de este nuevo reglamento, las empresas acogidas al régimen de zona franca y perfeccionamiento activo debían esperar la aprobación de las solicitudes de los diversos registros sanitarios por el Ministerio de Salud.  

Esta situación ocasionaba retrasos en el inicio efectivo de sus operaciones. Con esta modificación, la nueva normativa representa un significativo beneficio para estas empresas, al simplificar el cumplimiento de sus requerimientos. 

Daniela Quesada 
daniela.quesada@garciabodan.com
Asociado
García & Bodán
Costa Rica