Cómo potencializar la inversión de capital extranjera e interna en Nicaragua
Uno de los temas donde compiten más los países, particularmente los que están en desarrollo o buscando cómo salir de pobreza, es en cómo fomentar y canalizar la inversión de empresas o países extranjeros, o bien de empresas ya establecidas localmente en el entorno económico y de oportunidades que el país presenta. Nicaragua no se queda atrás al tratar de potencializar la inversión de capital extranjera e interna en el país.
Nicaragua ha venido compitiendo con los demás países de Centroamérica y presentando diferentes oportunidades para inversionistas en sectores como agroindustria, infraestructura, servicios, inmobiliario, energía, transporte, etc. Se han obtenido logros importantes, lo cual es evidente en el país. Se han vendido las ventajas que brinda el país por su estabilidad macroeconómica, posición geográfica, seguridad, bajos costos, avances en infraestructura básica de carreteras, régimen tributario no complejo (todavía), buen récord en manejo de deuda pública y crecimiento del producto interno bruto (PIB); puntos que nos han puesto en el radar de inversores. ¿Podríamos estar mejor? Por su puesto. ¿Falta mucho por hacer? Sin duda alguna.
Si revisamos nuestra realidad podemos ver que hemos aprendido algunas lecciones, hemos vuelto a vendernos en el entorno económico en el que competimos. Sin embargo, esa venta aún es insipiente, aún estamos en lo básico. Si hacemos turismo interno es fácil darse cuenta que no estamos haciendo lo que deberíamos. Nos hace falta vender nuestro país.
Esa venta como país debe hacerse en todos los escenarios y con las herramientas que nos permitan tener éxito. En el tema de leyes, Nicaragua ha realizado avances importantes con leyes y reformas para potencializar la inversión y facilitar la movilización de capitales que permitan financiar inversiones de envergadura (ley de mercados de capitales, fondos de inversión, fideicomisos, asociaciones público privadas, sociedades de inversión, etc.). Sin embargo, para proyectos donde se requieren montos sustanciales de recursos (millones), nuestra legislación no tiene un vehículo legal que permita la interacción de flujos de capital y el régimen fiscal.
Por ejemplo, en el caso de un inversor que quiera participar en proyectos grandes como el tren Granada a Managua, el proyecto Tumarín, la carretera costanera, proyectos de energía que requieran fondos para desarrollarse; este inversor tiene dos opciones: a) Otorga un préstamo y cobra sus intereses. En tal caso solo pagaría impuestos por los intereses que reciba del préstamo; donde el préstamo es un pasivo y los intereses una carga al flujo de caja y a la rentabilidad, lo cual podría no resultar atractivo para los gestores de los proyectos; y b) Que el inversor ponga capital en el proyecto, de tal manera que sus aportes no sean deuda.
En el caso de que el tenedor del capital quiera ser inversor, nuestra legislación y regulación tributaria no presenta opciones claras y viables para los inversores.
Para hacer que potenciales inversionistas “aporten capital” en proyectos que el país quiere promover, sería interesante contar con una regulación clara para las entidades (sociedades) que solo serán inversoras, es decir una “Entidad Tenedora de Acciones o Participaciones” o “Holdings”, y que sus ingresos por dividendos (ingresos que ya pagaron impuestos) tengan una tributación “fija y definitiva” sin mayor complicación fiscal, pues este tipo de entidades pondrían su capital en proyectos ya establecidos o por venir; o segundo, crear una figura como los “Fondos Privados de Capital” que facilite a las empresas o personas aportar su capital a los gestores de proyectos sin que se requieran muchas formalidades o estructuras corporativas complejas.
De las opciones mencionadas hay ejemplos y modelos ya probados en otros países que les ha permitido gestionar capital para desarrollo de sus grandes proyectos (los Fondos Privados de Capital en Chile, las FIBRAS en México, las ETVE de España), permitiendo mejorar la capacidad técnica y económica de los mismos, pues no es lo mismo un acreedor a un inversionista que asuma proporcionalmente los riesgos y/o el éxito de los proyectos.
Carlos Téllez Páramo
Socio Director
García & Bodán
Nicaragua