El Congreso de Guatemala aprobó el Decreto 19-2018 que reforma al Decreto 42-2010 del Congreso de la República denominada “Ley que Promueve el Turismo Interno”. Lo anterior, con la finalidad de fomentar el turismo interno por ser parte importante en materia económica y social, por lo que con dicha reforma y este tipo de leyes se busca el apoyo que permite aumentar la oferta y participación del turista nacional.
La Reforma se hace al Artículo 2 de dicho Decreto, estableciendo lo siguiente:
“Con el objeto de promover el turismo nacional, cuando el día de asueto coincida en día martes o miércoles, se gozará el día lunes inmediato anterior; si ocurriere en día jueves, viernes, sábado o domingo, se gozará el día lunes inmediato siguiente.
Como consecuencia, la presente Ley se aplicará para los siguientes asuetos: uno de mayo, treinta de junio, veinte de octubre y en todo caso, los descansos establecidos en otras leyes.
Se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, los días: uno de enero, mediodía del miércoles santo, jueves y viernes· santo; diez de mayo, quince de septiembre, uno de noviembre, mediodía del veinticuatro de diciembre, veinticinco de diciembre, mediodía del treinta y uno de diciembre y el día de la festividad de la localidad.”
Con este tipo de Leyes, el Estado de Guatemala busca la inversión local dentro de los distintos lugares turísticos que posee Guatemala, tratando de apoyar al comercio local y fomentar que el guatemalteco aproveche los descansos establecidos en ley para que pueda conocer y disfrutar de los paisajes turísticos en Guatemala.
Asociado
García & Bodán
Guatemala