García & Bodán

COVID-19: Disposiciones Legales en El Salvador

En El Salvador se decretó Estado de Emergencia Nacional, Estado de Calamidad Pública y Desastre Natural en todo el territorio de la República a raíz de la Pandemia por COVID-19 por un plazo de 30 días, por medio de Decreto Legislativo No. 593 publicado en el Diario Oficial el día 14 de marzo del 2020. En la legislación laboral actual, no se establece de manera expresa que el Estado de Emergencia es una causa de suspensión del contrato de trabajo, no obstante lo anterior, en vista de no estar regulada tal situación en nuestro Código de Trabajo, la Asamblea Legislativa y la Presidencia de El Salvador, han emitido normativas de estricto cumplimiento, estableciendo en el decreto antes mencionado en su Artículo 05 lo siguiente:

De igual manera, por medio de comunicado oficial de la Presidencia de la República, se tomaron las siguientes medidas a implementar a partir del 17 de marzo del presente, y por un plazo de 30 días:

El sábado 21 de marzo, se emite el Decreto 12 en el ramo de Salud, el cual también tiene su base legal en el Decreto 593 antes citado. En este se decreta una cuarentena domiciliar para todo el territorio nacional, a partir de las medidas siguientes:

Penalidades: Las empresas que no acaten las disposiciones de cierre arriba mencionadas serán multadas y cerradas con cordón sanitario indefinidamente.

Cabe mencionar que todos los decretos están en constantes reformas, por tanto se estarán dando a conocer cuando estas se vayan dando.

Oscar Torres Cañas
Socio
García & Bodán
El Salvador